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ORDEN de 16 de abril de 2002, del Departamento de Industria, Comercio y Desarrollo, por la que se declara la utilidad pública en concreto de la línea eléctrica aérea a 220 KV, SET Monte Torrero-SET María en los términos municipales de Zaragoza, Cadrete y María de Huerva.

Publicado el 05/07/2002 (Nº 78)
Sección: BOA III. Otras Disposiciones y Acuerdos -
Emisor: DEPARTAMENTO DE INDUSTRIA, COMERCIO Y DESARROLLO

Texto completo:

ORDEN de 16 de abril de 2002, del Departamento de Industria, Comercio y Desarrollo, por la que se declara la utilidad pública en concreto de la línea eléctrica aérea a 220 KV, SET Monte Torrero-SET María en los términos municipales de Zaragoza, Cadrete y María de Huerva.

Expte. AT 320/99 de la provincia de Zaragoza

Visto el expediente incoado en el Servicio Provincial de Industria, Comercio y Desarrollo de Zaragoza, a petición de Eléctricas Reunidas de Zaragoza I, S. A., con domicilio en San Miguel 10 de Zaragoza, solicitando la declaración en concreto de la utilidad pública para la línea eléctrica aérea a 220 kV, SET Monte Torrero-SET María en los términos municipales de Zaragoza, Cadrete y María de Huerva, y de acuerdo con la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico y el Real Decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

Visto el informe de fecha 25 de marzo de 2002 del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Desarrollo de Zaragoza.

Resultando que tramitado el expediente de conformidad con el Capítulo V del Título VII del Real Decreto 1955/2000, arriba citado, y abierto el trámite de información pública a los afectados por el trazado de la línea, se formulan alegaciones por D. Inocencio Domingo Cadena, Hacienda Atalaya del Ebro, S. L. y D. Isabel Salas Benito, que constan en el expediente.

Resultando que el informe del Servicio Provincial de Industria, Comercio y Desarrollo de Zaragoza indica que la línea tiene como finalidad permitir el transporte de energía eléctrica generada y demandada en las zonas circundantes, considera justificadas las razones que motivan la solicitud formulada por la empresa Eléctricas Reunidas de Zaragoza I, S. A., y resulta favorable a la misma.

Considerando que los alegantes han llegado a un acuerdo con la empresa solicitante.

Vistos los Reales Decretos 2596/1982 de 24 de julio, 539/1984 de 8 de febrero y 570/1995, de 7 de abril, sobre transferencias de competencias, funciones y servicios de la Administración del Estado a la Diputación General de Aragón, así como la Ley Orgánica 9/1992, de 23 de diciembre, de transferencia de competencias a Comunidades Autónomas que accedieron a la autonomía por la vía del artículo 143 de la Constitución.

He resuelto:

Declarar en concreto la utilidad pública de la instalación eléctrica cuyas características son:

Titular: Eléctricas Reunidas de Zaragoza I, S. A.

Domicilio del titular: San Miguel 10 de Zaragoza.

Emplazamiento de la instalación: Zaragoza, Cadrete, María de Huerva (Zaragoza).

Instalación:

-Línea eléctrica aérea a 220 kV, de 17.302 metros de longitud, con origen en SET Monte Torrero y final en SET María.

-Finalidad: Permitir el transporte de energía generada y demandada en la zona.

De acuerdo con el artículo 54 de la Ley 54/1997, de 27 de noviembre, del Sector Eléctrico, la declaración de utilidad pública lleva implícita en todo caso la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de Expropiación Forzosa. Igualmente lleva implícita la autorización para el establecimiento o paso de la instalación eléctrica sobre terrenos de dominio, uso o servicio público, o patrimoniales del Estado, o de las Comunidades Autónomas, o de uso público, propios o comunales de la provincia o municipio, obras y servicios de los mismos y zonas de servidumbre pública.

Notifíquese a los interesados y publíquese en el «Boletín Oficial de Aragón».

Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, en virtud de lo dispuesto en el artículo 54 del texto refundido de la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón aprobado por Decreto Legislativo 2/2001, de 3 de julio, del Gobierno de Aragón, podrá interponerse recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de acuerdo con lo establecido en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, y sin perjuicio de cualquier otro que pudiera interponerse. Igualmente, con carácter potestativo, podrá interponerse recurso de reposición ante el Consejero de Industria, Comercio y Desarrollo en el plazo de un mes.

Zaragoza, a 16 de abril de 2002.

El Consejero de Industria, Comercio

y Desarrollo, p. d., el Director General de Energía y Minas, (Orden de 25 de mayo de 2000), FRANCISCO JAVIER BURILLO PANIVINO